Corresponde a solicitud de exención de contribución a entidades prestadoras de servicio de salud, tales son los hospitales, las clínicas, los puestos y centros de salud, cualquiera que sea su naturaleza, pública o privada, con o sin ánimo de lucro.
Usuarios del servicio energía que se encuentren registrados en la empresa como entidades prestadoras del servicio de salud.
Deben adjuntar los siguientes documentos:
Presencial: Oficinas de EBSA
Virtual: Página web https://www.ebsa.com.co/ botón Peticiones Quejas y Reclamos https://ebsa.com.co/sitio/pagina/Registro-de-PQR/, Tipo solicitud: Beneficio tarifario
Quince (15) hábiles a partir de la fecha de presentación o radicación de la solicitud.
Ley 142 Art. 89
No tiene costo
N.A.