Solicitud Beneficio Tarifario Exoneración de Contribución Áreas Comunes

¿En qué consiste?

Corresponde a solicitud de exención de contribución para efectos de facturación de los consumos de energía eléctrica en zonas o áreas comunes.

¿Quiénes lo pueden presentar? – Requisitos

Usuarios del servicio energía.

Deben adjuntar los siguientes documentos:

  • aSolicitud expresa del Representante legal de acceder a la exención.
  • bCertificado de existencia y representación legal de la persona jurídica expedida por el Alcalde Municipal o Distrital del lugar de ubicación del edificio o conjunto, o a la persona o entidad en quien este delegue esta facultad, donde conste el nombre del representante legal y la fecha desde la cual la copropiedad está inscrita en el régimen de propiedad horizontal. Vigencia no mayor a un (1) año.
  • cConstancia suscrita por el Revisor Fiscal, mediante la cual, y bajo los parámetros de la Ley 43 de 1990 y las normas que la reglamentan, modifiquen o adicionen, certifique: - Que las zonas comunes del Conjunto o Edificio no se realizan actividades industriales y/ o comerciales. - Que en el Conjunto o Edificio se realizan actividades industriales y/o comerciales que son ejecutadas directamente por la Propiedad Horizontal y que los ingresos o contraprestaciones económicas derivadas de dichas actividades, son destinadas exclusivamente para el pago a expensas comunes del conjunto que facilitan la existencia de la propiedad horizontal, su estabilidad, funcionamiento, conservación, seguridad, uso, goce o explotación de los bienes de dominio particular. Lo anterior, para los Conjuntos o Edificios que tengan Revisor Fiscal por disposición legal o voluntaria.
  • dConstancia suscrita por el Representante Legal de la Personería Jurídica, donde se acredite las condiciones señaladas en el numeral anterior, para aquellos Conjuntos o Edificios que no tengan revisor fiscal.
  • eInspección en sitio en la que se confirme el desarrollo de la actividad.

¿Cómo se puede presentar?

Presencial: Oficinas de EBSA

 

Virtual: Página web https://www.ebsa.com.co/ botón Peticiones Quejas y Reclamos https://ebsa.com.co/sitio/pagina/Registro-de-PQR/​​​​​​​, Tipo solicitud: Beneficio tarifario

¿Cuáles son los tiempos de respuesta?

Quince (15) hábiles a partir de la fecha de presentación o radicación de la solicitud.

¿Qué normas lo sustentan?

Ley 675 de 2001

¿Cuáles son los costos?

$41.660

¿Requiere formatos?

N.A.

 

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